Divorcio Administrativo

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En el Estado de Puebla se contempla el divorcio administrativo bajo el cual se disuelve el vínculo matrimonial mismo que se debe tramitar por ambos conyugues.

Dicho procedimiento se encuentra previsto en los artículos 428,436,437,438,439,440 y 441 del Código Civil del Estado de Puebla.

 

Requisitos

El artículo 436 establece como requisitos para su procedencia los siguientes:

  • I.- No haber procreado ni adoptado hijos;
  • II.- Estar sometidos a separación de bienes, como régimen económico actual de su matrimonio o, en caso de ser ese régimen el de sociedad conyugal presentar convenio de liquidación.
  • III.- No estar la mujer encinta; y
  • IV.- Tener su domicilio familiar actual dentro del territorio del Estado de Puebla.

Si se cumple con los requisitos antes mencionados, los solicitantes para iniciar el trámite se deberán presentar ante el Juez del Registro del Estado Civil de su domicilio familiar con la siguiente documentación:

  • – Acta de matrimonio.
  • – Acta de nacimiento. De ambos cónyugues.
  • – Certificado médico. De no gravidez (embarazo). Realizarlo en SSA, Cruz Roja, DIF, IMSS, Hospital General ISSSTE o ISSSTEP.
  • – Comprobante de domicilio. Del último domicilio familiar.
  • – Constancia de no propiedad. Una por cada cónyuge y convenio de la liquidación de la sociedad conyugal. Solo en caso de que el matrimonio se haya celebrado bajo el Régimen Económico de Sociedad Conyugal.
  • – Identificación Oficial con Fotografía. Pudiendo ser: Credencial para votar, pasaporte, licencia de conducir, cédula profesional o documento migratorio.

Toda la documentación descrita se deberá presentar en Original y 1 copia.

Una vez presentada la documentación y cumplido con los requisitos, se deberá realizar el pago de derechos correspondiente a la solicitud de divorcio. (Para el año 2020 el costo es de $1,120.00).

Posteriormente se firmará la solicitud de divorcio y se fijará fecha para que ambos cónyuges ratifiquen la solicitud de divorcio, y en su caso se decretará el divorcio y se levantará el acta respectiva.

En el municipio de Puebla se puede acudir a los siguientes Juzgados para realizar dicho tramite:

Juzgado Primero del Registro Civil
Centro Integral de Servicios edificio sur Sótano, Vía Atlixcáyotl No. 1101 Colonia Concepción las Lajas. Puebla, Pue. C.P. 72190
Juzgado Segundo del Registro Civil
Av. 11 oriente No. 2003 Col. Azcarate C.P 72501
Juzgado Tercero del Registro Civil
Centro Integral de Servicios San Javier, Avenida Reforma No. 1305 Col. Centro, Puebla, Pue.
Juzgado Cuarto del Registro Civil
Calle 8 oriente No. 1007 Barrio el Alto Puebla, Pue. C.P. 72290
Juzgado Quinto del Registro Civil
Centro Integral de Servicios Edificio Norte Sótano, Vía Atlixcáyotl No. 1101 Colonia Concepción las Lajas. Puebla, Pue. C.P. 72190

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